VIAJES TURING CONTRATO VIAJES COMBIANDO
1.- REGULACIÓN JURÍDICA Y ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES. El contrato, de obligado cumplimiento por ambas partes en los términos previstos en el mismo es instituido por las cláusulas, en las Condiciones Generales publicadas en este folleto, que complementan y desarrollan la legislación específica aplicable sin contravenirla. Se considera perfeccionado en virtud del artículo 1.258 C.C. en el momento en que la agencia entregue los bonos y o billetes correspondientes a los servicios comprendidos en el viaje, constituyéndose la formalización documental del mismo. El hecho de adquirir o tomar parte en cualquiera de los viajes o servicios publicados en el presente folleto o cualquier otro producto presupuestado por Turing. Así mismo, y en aquellas partes en que se estime procedente, este contrato se rige por lo dispuesto en el libro cuarto del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, que regula los Viajes Combinados, así como por las normas internacionales que resulten de aplicación y en particular, por el Convenio de Atenas de 13 de diciembre de 1974, modificado por el Protocolo de Londres de 19 de noviembre de 1976 y por las demás normas nacionales e internacionales de aplicación relativas a las prestaciones individuales que forman el paquete turístico.
Estas Condiciones Generales se rigen por la ley española. Las partes se someten voluntariamente, para la resolución de los conflictos y con renuncia a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales de Granada . Asimismo, como entidad adherida a CONFIANZA ONLINE y en los términos de su Código Ético, en caso de controversias relativas a la contratación y publicidad online, protección de datos, protección de menores y accesibilidad, el usuario podrá acudir al sistema de resolución extrajudicial de controversias de CONFIANZA ONLINE (www.confianzaonline.es), encarnado en el Jurado de la Publicidad y en la Junta Arbitral Nacional de Consumo.
2.- ORGANIZACIÓN. La organización de los viajes que puedan contenerse en el programa de viajes ha sido realizada por la agencia de viajes mayorista minorista TURING ACTIVA B-18814848, con domicilio en C/. Tórtola 20 Local 2, 18014 Granada y con número de licencia CIAN 181926-3.
3.- INSCRIPCIONES Y REEMBOLSO. En el acto de la inscripción deberá depositarse el 30% del total del viaje, no considerándose plaza alguna como comprometida en firme mientras no se efectúe dicho depósito. El 70% restante, deberá abonarse como mínimo 15 días antes de la fecha de salida, considerándose en caso contrario la reserva como anulada y aplicándose en tal supuesto las condiciones señaladas en el apartado anulaciones. Los precios resultantes de las cotizaciones de los productos ofrecidos en nuestros catálogos y folletos podrán ser revisados en caso de subidas en el precio de los transportes, carburantes o en las tasas e impuestos relativos a determinados servicios. Estas variaciones serán imputadas al consumidor hasta un tope del 15% del total del viaje contratado, a no ser que se produzcan en los 20 días anteriores a la fecha de salida, lo que obliga a la agencia a comunicarlo al consumidor, quien podrá desistir del viaje con derecho al reembolso de sus pagos, sin penalización alguna o aceptar por escrito, y dentro de los tres días siguientes a ser notificado, una modificación del contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio) Todos los reembolsos que procediesen serán efectuados a través de la agencia donde se hubiera realizado la inscripción, no efectuándose devolución alguna por servicios no utilizados voluntariamente por el consumidor.
4.- NUESTROS PRECIOS INCLUYEN. Todos los servicios descritos, según FOLLETO y nuestra Web www.turingactiva.com , en los presupuestos que debidamente sellados, Turing facilite, dándose por entendido que lo que no esté específicamente detallado como incluido en el proceso del viaje, no estará incluido en éste. Se incluye un seguro de viaje especial, en algunos de nuestros productos, en especial, los viajes de turismo activo y aventura al que cada participante posee.
5.- NUESTROS PRECIOS NO INCLUYEN: Visados, tasas, extras tales como café, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales, calzado específico para las actividades, lavado y planchado de ropa, servicios opcionales del hotel, parking o alquiler de TV, etc. En caso de excursiones opcionales no incluidas en el viaje, no se darán precios definitivos, ni se garantizará la realización de las mismas hasta el momento de su contratación, posterior a la fecha de salida. Para la práctica de actividades al aire libre, se recomienda la contratación de un seguro especial para los materiales a transportar. Cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado “Nuestro precio incluye” o no conste específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato, o en la documentación que se entrega al consumidor al suscribirlo.
6.- SOBRE LA OCUPACIÓN DE LAS HABITACIONES ó CAMAROTES. Se advierte que la administración de los establecimientos puede legalmente negarse a admitir la entrada de las personas no declaradas, no habiendo lugar a reclamación por esta causa. La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá determinada por la categoría turística oficial asignada y estará sometida a control administrativo. Dada la vigente legislación que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en estas últimas pueda habilitarse una tercera o cuarta cama, se estimará siempre que esto se hace con el consentimiento de los señores clientes siempre que hayan sido advertidos previamente y figure reflejada como habitación triple en los impresos de reservas, así como en los billetes definitivos del viaje. Las habitaciones o Camarotes deben quedar libres antes de las 12 horas del día de salida.
7.- CONDICIONES ESPECIALES PARA NIÑOS Y TERCERAS PERSONAS. La edad de los niños ha de figurar obligatoriamente en los bonos, ya que en caso contrario el hotel podrá reclamar la diferencia entre la tarifa de adulto y la del niño. Para aplicar condiciones especiales a los niños igual que la tercera persona deberán compartir la habitación con dos adultos. Dada la diversidad del tratamiento aplicable a los niños, dependiendo de su edad, del proveedor de servicios y de la fecha del viaje, se recomienda consultar siempre al alcance de las condiciones especiales que existan y que serán objeto de información concreta y detallada, recogiéndose en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue en el momento de su firma. En lo referente a estancias de menores en el extranjero, se estará a la información facilitada puntualmente para cada caso y a lo que pueda constar en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue al suscribirlo.
8.- ANULACIONES. En todo momento el consumidor puede desistir de los servicios solicitados o contratados teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se trata del precio total como del depósito previsto anteriormente, pero deberá indemnizar a la agencia por los conceptos que a continuación se indican:
a) En caso de servicios sueltos, la totalidad de los servicios de gestión, más los gastos de anulación si se hubieren producido estos últimos.
b) En caso de viajes combinados, y salvo que el desistimiento se produzca por causa de fuerza mayor, los gastos de gestión más los gastos de anulación, y una penalización consistente en el 25% del total del viaje si el desistimiento se produce con más de 20 días y menos de 60 días; el 50% entre los 15 y 20; y el 75% dentro las 10 dias anteriores a la salida.
De no presentarse el cliente a la hora prevista para la salida no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo causa de fuerza mayor demostrable o acuerdo entre las partes en otro sentido.
Cuando el consumidor tenga algún impedimento objetivamente justificado para participar en el viaje, podrá ceder su reserva a una persona que reúna todas las condiciones requeridas para el mismo, respondiendo solidariamente cedente y cesionario ante la agencia del pago del precio, así como de los gastos originados por la cesión.
9.- ALTERACIONES. La agencia se compromete a proporcionar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados a través de los programas contenidos en sus ofertas y folletos o los distintos programas personalizados que le sean presupuestados al cliente. Con todas las características estipuladas por escrito en cada caso. Quedará eximida de esta obligación cuando concurra causa de fuerza mayor, es decir ajena a quienes las invoca, anormales o imprevisibles, cuyas consecuencias no habrían podido evitarse pese a toda diligencia empleada y cuyas razones no le sean imputables.
Si se procede a la imposibilidad de prestar algún servicio por parte de viajes Turing después de perfeccionado el contrato y antes de la salida del viaje, el consumidor tendrá derecho a optar por su sustitución por otro de similares características y calidad; o por la rescisión del contrato, pudiendo elegir entonces entre otro viaje combinado de calidad equivalente o entre el reembolso total de lo abonado debiendo comunicar su decisión a la agencia en el plazo de los 3 días siguientes a ser notificado. En el supuesto de que el consumidor no notifique por la misma vía su decisión en el plazo fijado, se entenderá que 0pta por la resolución del contrato sin penalización alguna. No se podrá pedir indemnización por incumplimiento del contrato cuando la imposibilidad venga motivada por causas suficientes o de fuerza mayor o cuando el cliente haya optado por la sustitución del servicio de imposible prestación. Si el consumidor no acepta el cambio a otro viaje podra acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre en su art. 159.3, en el cual el organizador indenizara con 5% entre 15 dias y 2 meses, con 10% 3 dias antes y con un 25% 48 horas antes
Cualquier imposibilidad de prestación de servicios que ponga de manifiesto la agencia organizadora al cliente, antes del perfeccionamiento del contrato, no podrá justificarse una solicitud de indemnización a la agencia, por parte del cliente, por incumplimiento de contrato, puesto que éste aún no se ha perfeccionado, enmarcándose dicha notificación del programa dentro del natural proceso de negociación del mismo.
En conclusión, el consumidor solamente podrá solicitar indemnización a la agencia organizadora cuando se haya producido una deficiente o nula prestación de los servicios que conforman el viaje y que el cliente deberá de tener escritos junto con el presupuesto que ésta le haya proporcionado.
13.- RESPONSABILIDAD. El Organizador responderá frente al pasajero, en función de las obligaciones que le corresponden por su ámbito de gestión del viaje, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deba ejecutar el mismo u otros prestadores de servicios y sin perjuicio del derecho del Organizador a actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organizador responderá, asimismo, de los daños sufridos por los viajeros como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato. La responsabilidad del Organizador cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Que sean imputables al pasajero; b) Que sean imputables a un tercero, ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable; c) Que se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no habrían podido evitarse a pesar de haber actuado con la diligencia debida; d) Que se deban a un acontecimiento que el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar. En los referidos supuestos de exclusión de responsabilidad, el Organizador prestará, no obstante, la necesaria asistencia al pasajero que se encuentre en dificultades, a cargo de éste) Cuando el consumidor aprecie in situ la no ejecución o mala ejecución de los servicios contratados íntegramente del viaje, deberá comunicarlo inmediatamente al prestador de los mismos, y en el plazo de 48 horas hábiles a la agencia organizadora, a fin de que ésta tome las medidas pertinentes.
En cuanto al límite de resarcimiento de los daños que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje combinado, se estará a lo dispuesto en los Convenios Internacionales sobre la materia. Por lo que se refiere a los daños que no sean corporales, la indemnización nunca podrá ser superior al precio total del viaje inicialmente contratado.
En ningún caso la agencia organizadora se responsabiliza de cualquier tipo de gasto originado por los retrasos en salidas o regresos de vuelos por causas meteorológicas, técnicas, huelgas u otras causas de fuerza mayor.
Cuando el viaje se realice en cualquier tipo de vehículo automóvil u otro medio de transporte propio o contratado por la agencia organizadora, en caso de accidente, cualquiera que sea la región o país donde se produzca, el viajero se somete expresamente a la legislación en materia de accidentes por cualquier medio del país en el que se halle matriculado el vehículo, Barco, medio aéreo, acogiéndose en cuanto a daños personales se refiere al seguro del mismo de acuerdo con el correspondiente cuadro de indemnizaciones previstas al efecto, en virtud del cual dichas indemnizaciones serán pagadas a los interesados, beneficiarios o sus representantes legales en el país de la matrícula del vehículo, barco, medio aéreo, etc. y en la moneda legal del ese País. El asume y acepta que la seguridad completa en el Turismo Activo no es posible garantizarla, ya que existen peligros objetivos que quedan fuera de la capacidad de control del guía; Un guía es un gestor del riesgo, del suyo propio y el de sus clientes, su trabajo será el intentar anular los peligros subjetivos propios del participante y minimizar los peligros objetivos, inherentes a la medio en el que se desarrollan.
14.- OBLIGACIONES CLIENTE. El cliente tiene la obligación de informar sobre posibles estados de gestación, paraplejías o enfermedades cardiovasculares antes de contratar cualquier actividad.
Asimismo, se compromete a no estar bajo los efectos del alcohol, drogas y/o estupefacientes, así como cualquier otra medicación que pueda incidir en su capacidad de reacción.
Para participar en las actividades acuáticas es imprescindible saber nadar.
En cada actividad se especificará las condiciones y edades mínimas. Los menores de edad deberán contar con autorización ó estar acompañados por persona responsable.
En todo caso, y especialmente para las actividades de nivel avanzado, la organización podrá optar por realizar una prueba previa, quedando reservado el derecho de admisión.
15.- VIGENCIA. La Presente programación ú oferta tiene validez desde el 01 de enero de 2010 hasta la publicación por parte de Turing Activa de otro catálogo que renueve los precios y condiciones del presente. No obstante, serán válidos los cambios de dicha información cuando se hayan comunicado al consumidor antes de la celebración del contrato o se hayan acordado modificaciones entre las partes contratantes.
Una vez hecha la reserva, cualquier cambio de fecha, hotel, transporte o de otra índole, por parte del cliente, conllevará unos gastos de gestión mínimo de 6 €. Si los gastos de comunicación o de otro tipo fuesen superiores al importe señalado, se facturará el importe correspondiente, deduciéndose de la entrega a cuenta.
16.- CONSIDERACIONES ADICIONALES. La agencia organizadora da por entendido que el viajero participa voluntariamente en este viaje o expedición y que en el caso de los viajes de carácter activo y o de aventura, se realizan en países de características diferentes al país de origen, recorriendo, navegando o volando zonas remotas y alejadas en países tropicales, exóticos, en montañas y zonas de alta montaña o nevadas, donde se requiere cierto grado de adaptación, preparación y esfuerzo físico, según el caso, exponiéndose a fuerzas de la naturaleza, enfermedades, accidente, condiciones de higiene deficientes en algunos casos y circunstancias, terrorismo, delincuencia y otras agresiones. Sabiendo el viajero que no tendrá posibilidad, en algunos casos, a una rápida evacuación o asistencia médica adecuada, en los viajes de buceo, el participante deberá llevar consigo el reconocimiento médico y seguro según la normativa española para la práctica del submarinismo. Además de los seguros incluidos en los programas, Viajes Turing pone a disposición de sus clientes seguros con ampliaciones de coberturas en cuanta a daños materiales y personales, solicítalos.
17.- En Caso de litigios: En este caso las partes asumen voluntariamente resolver cualquier controversia en los tribunales de Granada.
En el campo del turismo activo y los deportes de aventura existe un riesgo potencial derivado de su propia naturaleza. Los guías y técnicos cuentan con la preparación y experiencia adecuada a la actividad que desarrollan. De seguir sus instrucciones y directrices depende, en gran medida, la seguridad durante la actividad.







